VUELTA AL COLE

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VUELTA AL COLE SEGURA Y PROTOCOLOS DE ABSENTISMO

Que el miedo es libre es una afirmación sin posibilidad de debate. Y que actualmente asistimos a una frontal colisión entre dos derechos fundamentales (salud y enseñanza obligatoria que en nuestro país es presencial), también es una realidad no exenta de polémicas, debates y enfrentamientos. Y la «vuelta al cole» a la «vuelta de la esquina».

En este post voy a tratar de explicar en primer lugar de qué hablan las distintas Autonomías cuando apelan al posible inicio de un protocolo de absentismo si las familias deciden no llevar a sus hijos e hijas al colegio por miedo al contagio, y en segundo lugar, expresaré mi opinión acerca de la libertad para decidir de las mismas sobre qué derecho fundamental priorizar de los dos que están en juego en estos momentos ante la inminente vuelta al cole. Trataré de dejar al margen el tema de la falta de medidas de conciliación que también acusan las familias, problema, al que de momento y desde Marzo, no se ha dado ninguna solución.

La falta de coordinación y celeridad e improvisación de la Ministra de Educación, Isabel Celaá, unido a una dotación de presupuestos insuficientes para implementar medidas en los centros, han conseguido desesperar a las familias y la comunidad docente.

PROTOCOLOS DE ABSENTISMO

Es cierto que el Derecho a la Enseñanza obligatoria y gratuita está recogido tanto en nuestra Constitución como en distintas normativas estatales como puedan ser las leyes de educación a nivel nacional y leyes autonómicas al respecto, Código Civil y Código Penal, y todas obligan a la escolarización, cada uno desde sus respectivas materias, a los menores de entre 6 y 16 años. Las leyes que rigen la protección del menor también imponen la enseñanza obligatoria para grupo de menores y la escolarización obligatoria. A día de hoy, el homeschooling es una opción alegal en España, no es ilegal, pero no existe una regulación al respecto. Lo que se vino haciendo en los hogares españoles por las familias desde Marzo tras la declaración del Estado de Alarma dada la emergencia sanitaria y pandemia por el SARS-CoV-2 (COVID-19), puede parecerse en algo a esa modalidad de enseñanza fuera de los centros escolares, pero dista bastante de lo que debería ser una formación reglada a distancia, puesto que adolecía de muchas carencias y creaba desigualdades y discriminaciones en muchas familias que no disponían no solo de los recursos adecuados sino de los conocimientos para llevar a cabo una enseñanza de este tipo. Y desde la otra cara de la moneda, la comunidad docente tampoco se encontró preparada para ello. Y la falta de medidas de conciliación (a día de hoy seguimos igual) lo convirtió todo en una pesadilla.

Las conductas que no respetan y cumplen con este deber de Enseñanza Obligatoria, que en España en la práctica se traduce en escolarización obligatoria dada la falta de regulación de otra modalidad, son castigadas por las distintas leyes que protegen los derechos de los menores: Código Civil, Código Penal, Ley de Protección Jurídica del Menor y por supuesto, el meollo de la cuestión: las distintas normativas que controlan las desigualdades en Educación y crean Planes para el control del absentismo escolar. Estos planes o normativas, si se me entiende mejor, dependen de las distintas CCAA e incluso de cada municipio, su control suele ser de competencia municipal, dada la transferibilidad de las competencias en Educación y que dichos protocolos de absentismo son gestionados desde el centro escolar, pasando por Servicios Sociales del Ayuntamiento en cuestión hasta Fiscalía y Juzgados de Menores del partido judicial en cuestión.

La lucha contra el absentismo escolar tiene la clara intención de velar por los derechos de los menores especialmente en situación de vulnerabilidad, protegerles de una intencionalidad, habitualidad y dolo en actitudes que le causan daño dentro de su entorno y/o familia. Muchos de estos planes contemplan distintos niveles o grados de absentismo según el número de faltas injustificadas del alumnado. Todas estas acciones son sostenidas con fondos públicos. La primera intervención la realiza el tutor del alumno o de la alumna que informa a la Directiva del centro y cita a la familia a una reunión. En situaciones de normalidad, si la familia acude y justifica la ausencia debidamente (por enfermedad, visitas médicas, vida o trabajo itinerante de los progenitores o residencia en el extranjero), se reduce el protocolo aunque se tenga que seguir un mínimo de control por parte del centro. Si por el contrario, la familia no acude a dar explicaciones de la ausencia injustificada de sus hijos e hijas, se le requerirá fehacientemente a una nueva reunión en el centro. Si la familia no acude a los requerimientos o acude pero no justifica las ausencias debidamente, el equipo directivo está obligado a informar a los servicios sociales municipales. En este informe se detalla número de faltas injustificadas y las actuaciones llevadas al respecto. He de señalar aquí que como hablamos de gestiones municipales, puede haber ciertas variaciones en los procesos o protocolos, pero a grosso modo la metodología es la que estoy explicando. En las distintas webs de las CCAA e incluso webs de Servicios Sociales Municipales se puede encontrar información al respecto de los planes para la prevención del absentismo escolar.

Como decía, el centro educativo (tutor/a, equipo directivo, E.O.E. y D. Orientación) pasa informe a los servicios sociales municipales y en casos especialmente relevantes, incluso a la Policía Local, para que les conste. Todo este proceso no es cuestión de días, sino más bien de meses. Como vemos, las familias ya han podido atender a los requerimientos y fundamentar sus asistencias no justificadas.

Aquí un inciso: cuando aconsejo a las familias anticiparse con un escrito fundamentado con las razones de las futuras ausencias de hijos e hijas, es precisamente porque tratamos de evitar que se inicie este protocolo de absentismo que solo se abre ante faltas injustificadas. Con lo que un escrito más una reunión con el centro escolar al inicio del curso puede evitar dicha iniciación y tener que estar más tarde con trámites que se pueden prevenir de antemano.

Una vez el expediente está en manos de Servicios Sociales, tratan directamente con la familia. Hacen entrevistas personales con madres, padres, tutores y menores, y se trata de detectar cuál es el problema.. Tras estas visitas, Servicios Sociales realiza su diagnóstico de la situación. Si no detecta ningún problema o si el mismo se soluciona, se procede al fin de la intervención.

Si por el contrario, no se encuentra justificación a las ausencias y no queda solucionado el problema (o se detecta alguno en concreto que deber ser atajado), Servicios Sociales eleva el caso a las Comisiones Municipales de Absentismo. Vuelvo a reiterar: en términos generales, éste es el procedimiento pero puede variar ligeramente en cada municipio, provincia y CCAA. La Comisión Municipal actúa según la gravedad del caso y aquí sí que la subjetividad del técnico entra en juego. Puede dar a conocer el caso a Fiscalía de Menores, Servicio de Protección de Menores y Comisiones Provinciales de Absentismo. Y a partir de ahí, una vez en manos de Fiscalía, ésta procede según su criterio y la normativa de protección de menores al respecto. Las penas contempladas en el CP por absentismo pueden llevar privación de libertad, pero es justo decir que en contadísimas ocasiones esto acaba de esta forma (y se dan en situaciones muy especiales y vulnerables donde el menor y su seguridad y salud corren peligro) y hasta llegar ahí el proceso puede tardar años. En la mayoría de los casos, el problema se soluciona antes de llegar a Fiscalía. Y por supuesto, una sentencia condenatoria por abandono de familia que pueda suponer la pérdida de patria potestad exige unos requisitos y motivaciones que dificilmente se pueden encuadrar en el actual panorama. Por lo que, esta opción, es del todo inviable: podremos hablar de padres y madres con exceso de celo, pero no con conductas delictivas punibles.

Por otro lado, tenemos la intervención de la Policía Local que se da en otro tipo de situaciones cuando por ejemplo confirman la existencia de menores en la calle dentro del horario escolar y que lleva otros trámites y que puede efectivamente acabar con la denuncia si no se justifica dicha presencia del menor solo o acompañado en horario escolar fuera de las aulas. Pero como digo, aclaro esto porque he leído en algún comentario en rrss amenazando con que la Policía puede detenerte si dentro del horario escolar estás haciendo compras con tu hijo o hija. Y esto, evidentemente, no es así.

CONCLUSIONES

Todo esto que he detallado deja claras varias cosas:

  1. Los protocolos por absentismo son largos, tediosos, en muchas ocasiones se cierran directamente en los centros educativos y se pueden prevenir en la mayor parte de los casos, informando al mismo por escrito y concertando una reunión con la directiva para informar de las razones por las que, aunque entendiendo que la enseñanza y escolarización es obligatoria, no se puede cumplir con dicha obligación por las razones que cada familia en ese momento esté viviendo.
  2. Estos protocolos y las razones por las que se desvirtúan los mismos fueron diseñados en situación de normalidad, no en situación de emergencia sanitaria y pandemia mundial, y para proteger al menor del riesgo y desprotección que sufre dentro de su propio entorno. Por lo que las razones que se podían alegar como justificación, se tornan insuficientes. La protección de la salud de los menores a día de hoy en un estado de pandemia mundial es motivo más que suficiente para evitar esta clase de protocolos, más si cabe cuando las Administraciones no están poniendo todo de su parte para atajar el problema.
  3. El propio Ministerio de Sanidad en Marzo de 2020 confinó al país y dejó sin “enseñanza presencial” a toda la infancia, adolescencia y universitarios y hubo que adaptarse a marchas forzadas EN BASE A LA PROTECCIÓN DE LA SALUD PÚBLICA. Por lo que, con esta misma premisa y con la necesidad de proteger la salud por encima de todo, tanto la personal, como la familiar como la pública, es por lo que los protocolos han de adaptarse a la llamada “nueva normalidad”.
  4. Para exigir una adaptación de estos protocolos y una flexibilización en los mismos, se aconseja la unión de las familias frente a las Administraciones Públicas, con independencia de que a título individual se trate con el correspondiente centro escolar. Una queja al Defensor del Pueblo o a la Consejería de Sanidad pertinente tiene más fuerza si está firmada por diversas familias, agrupaciones o asociaciones.
  5. NO se debe perder nunca el foco: aunque nuestro sistema educativo adolezca de bastantes taras, la enseñanza presencial tiene múltiples beneficios para la infancia: socialización, aprendizaje en entorno infantil, minimiza la desigualdad y la brecha social entre las familias y permite a madres y padres trabajar dada la inexistencia de medidas de conciliación en España.

DERECHO A LA SALUD VERSUS DERECHO A LA ENSEÑANZA PRESENCIAL OBLIGATORIA

Una vez dicho todo esto, la situación es la que es, y traigo a colación el artículo 18.1 y 18.2 de la Convención de los Derechos del Niño y de la Niña:

  1. Los Estados Partes pondrán el máximo empeño en garantizar el reconocimiento del principio de que ambos padres tienen obligaciones comunes en lo que respecta a la crianza y el desarrollo del niño. Incumbirá a los padres o, en su caso, a los representantes legales la responsabilidad primordial de la crianza y el desarrollo del niño. Su preocupación fundamental será el interés superior del niño.
  2. A los efectos de garantizar y promover los derechos enunciados en la presente Convención, los Estados Partes prestarán la asistencia apropiada a los padres y a los representantes legales para el desempeño de sus funciones en lo que respecta a la crianza del niño y velarán por la creación de instituciones, instalaciones y servicios para el cuidado de los niños.

Nuestra CE reconoce en su artículo 43 el derecho a la protección de la salud, encomendando a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas, por un lado, y de las prestaciones o servicios necesarios, por otro. Y con respecto al derecho a la educación el artículo 27, lo declara también como fundamental, así como que la enseñanza básica será obligatoria y gratuita.

Pero no todo vale. El derecho a la enseñanza en este país que no regula otra modalidad que la presencial no puede ser en estos momentos obligatoria porque los Ministerios implicados (Sanidad, Educación y Trabajo) y las Autonomías no están creando protocolos viables dado que no están contemplando presupuestariamente partidas en calidad y cantidad suficientes como para asegurar la salud de la infancia, de los docentes y trabajadores de los centros, de las familias y, al fin y al cabo, la salud pública. La Ministra de Educación habla constantemente de la importancia de la enseñanza presencial, como si alguien discutiera sus beneficios, y de “no dejar a nadie atrás” pero es ella la que se olvida de las variadas y múltiples individualidades de las familias y que no a todas se les puede, en estos momentos, imponer la misma solución.

Por lo tanto, la apertura de los centros escolares en todos sus niveles se podrá hacer cuando la tasa de infección comunitaria lo permita, es lo aconsejable (la enseñanza presencial), y cuando ADEMÁS SE HAYAN TOMADO LAS OPORTUNAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN, SEGURIDAD Y PROTECCIÓN EN LAS AULAS para no aumentar los contagios y volver a los inicios de la pandemia.

ALGUNAS PROPUESTAS

Existen múltiples y variadas propuestas para atajar el problema de la posible transmisión del virus en los centros escolares y muchos países de nuestro entorno han trabajado duro desde el pasado mes de Marzo para evitar que el tiempo se les echara encima, pero no parece que hayamos hecho mucho caso o tomado ejemplo:

                – Bajar la ratio en las aulas, tal como piden pediatras, virólogos y epidemiólogos, a máximo unos 10-15 niños y/o niñas. Solo bajando ratios podemos asegurar el distanciamiento social.

                – Habilitar otras estancias escolares para poder desdoblar las aulas y así bajar las ratios, pero esto no es posible sin una intervención presupuestaria importante tanto para personal docente como para infraestructuras. Se podría hacer turnos rotativos mañana o tarde o sacrificar ciertas asignaturas no de máxima importancia, pero para todo ello se necesitan docentes y sobre todo, medidas de conciliación que ayuden a las familias.

                –  Habilitar los espacios al aire libre. Quizás no se trata tanto de ventilar y desinfectar como de ser creativos a la hora de “enseñar” al aire libre y reservar el interior solo para cuando la climatología no permita estar en exterior. La infancia va a agradecer felizmente poder “aprender” al aire libre, y no creo que esto suponga tampoco un sobreesfuerzo inasumible, más bien requiere de actitud, intención y voluntad del profesorado.

                – Hacer uso de espacios públicos (edificios, bibliotecas etc) que permitan dividir al alumnado, pero estamos en el mismo punto de antes: nos hacen falta docentes. Y por poner un ejemplo, en Andalucía los poco más de 6.000 contratados no nos alcanza ni a uno por centro en toda la CCAA.

                – Se requiere de mayor desinfección y limpieza, lo que lleva inevitablemente a más personal y no se ha contemplado tampoco. Me llegan mensajes de familias cuyos centros o AMPAS proponen la colaboración familiar para estos menesteres.

                – El uso de mascarilla está siendo un asunto controvertido entre las familias que se encuentran bastante divididas al respecto.

                – Alternar enseñanza presencial con enseñanza online, para lo que necesitamos que los protocolos contemplen cómo se llevaría a cabo dicha modalidad a distancia y sobre todo, SE NECESITARÍAN MEDIDAS DE CONCILIACIÓN TEMPORALES PARA QUE LAS FAMILIAS PUEDIERAN TENER FLEXIBILIDAD EN SUS TRABAJOS SIN TENER QUE RENUNCIAR O REDUCIR JORNADAS PARA PODER ATENDER A SUS HIJOS E HIJAS. Y hasta ahora el Ministerio de Trabajo tampoco ha creado medidas al respecto.

                Un punto importante y del que poco se habla es el caso de los niños y de las niñas que aunque quisieran asistir a clases, no pueden dado que son personas de riesgo por patologías previas. ¿Qué pasa con estas personas? No se está hablando de estos niños y niñas, no se les está ofreciendo ninguna metodología adaptada a sus necesidades, dada la actual situación para que desde casa puedan mantener un contacto habitual con su profesorado, sus compañeros y compañeras, y así evitar su aislamiento social y discriminación. Estas familias, que no son pocas, están realmente preocupadas porque ni desde los centros, ni desde las Consejerías se están teniendo en cuenta estas especiales necesidades. Ni por supuesto la Ministra Celaá se ha acordado de ellas. Tampoco desde el Ministerio de Trabajo, como ya he advertido anteriormente, se ha creado una batería de medidas de conciliación para esta situación de pandemia y emergencia que hace que muchas familias no estén pudiendo realizar su trabajo en condiciones de normalidad y corren el riesgo de perder sus trabajos y quedar en una situación de especial vulnerabilidad. Esto está pasando. El riesgo no es probable, es real.

                – Por último, tenemos una gran cantidad de familias que por motivos diversos pueden y quieren mantener una enseñanza en casa porque lo creen adecuado y más seguro. Y esto ayudaría a la bajada de ratios siempre y cuando la modalidad online se diera de forma eficiente y las familias comulgaran en su día a día con el miedo apelado para no cumplir con una enseñanza presencial.

Es importante no olvidar que cada familia tiene sus propias circunstancias, necesidades y opiniones y la falta de inyección presupuestaria provoca en cada una de ellas la toma de decisiones en uno u otro sentido. Todas con el fin de mostrar el rechazo al tratamiento que a la vuelta al cole se está dando. La Administración no puede mentir al respecto de lo «bien que va todo» cuando recuerdo que en Andalucía, por ejemplo, 6.000 docentes «más» no caben ni a uno por centro (incluyendo escuelas infantiles, colegios, secundaria y demás centros). Es la Administración la responsable de no invertir lo suficiente y abandonar a su suerte a los centros educativos y a las familias.

FALTA DE IMPLICACIÓN Y COMPROMISO INSTITUCIONAL

Lo ideal sería una vuelta al cole presencial segura, me consta que la mayoría es lo que desea y necesita. Es idóneo además por otros muchos motivos sociales, emocionales, etc.

Pero si no se puede asegurar una vuelta al cole con arreglo a las circunstancias actuales, es de recibo permitir la “libertad de elección” en las familias acorde con sus necesidades. Porque cada familia tiene que llevar su lucha y la pandemia de la forma en que menos le perjudique. Permanecer unidas es fundamental. Porque insistimos: todas buscan forzar una mayor implicación de los poderes públicos y proteger los derechos de la infancia.

La falta de compromiso y actividad institucional legitima la libertad de decisión de las familias para qué derecho priorizar: la salud o la enseñanza presencial. Primero, porque la última palabra y la responsabilidad sobre los hijos y las hijas recaen en sus madres y sus padres y así lo están dejando claro los poderes públicos, y segundo, porque estos mismos poderes públicos hace cinco meses ANTEPUSIERON LA SALUD A LA ENSEÑANZA PRESENCIAL. ¿Es que acaso lo que es una decisión válida dentro de la Administración Pública no lo es dentro del seno familiar cuando lo que se busca es lo mismo: proteger el interés supremo del menor, en este caso, la salud? Es cuanto menos, contradictorio.

Esto es lo que pasa cuando la «irresponsabilidad» de los poderes públicos apela a una «responsabilidad compartida» falsa. Cuando los protocolos no se acompañan de presupuesto se quedan en papel mojado. Cuando dichos protocolos no contemplan todos los escenarios posibles y además no recogen las principales reivindicaciones de centros y familias. Lo que pasa es que la última decisión queda de la mano de las familias y tan legítimo es elegir proteger la salud como elegir la enseñanza presencial, partiendo de una premisa: las circunstancias de vida de cada familia mandan y las decisiones o elecciones ni siquiera tienen por qué ser libres.
Quiero decir, hay familias que no quieren llevar a sus hijos e hijas al cole porque consideran que no es seguro, pero tienen que hacerlo porque sin medidas de conciliación y trabajando el o los progenitores, no tienen margen. Y al contrario, hay familias que quisieran llevar a sus hijos e hijas a clase pero ante la falta de seguridad no pueden por temas previos de salud, como ya he indicado anteriormente y para los que no se está contemplando protocolo alguno.


Insisto, Ministerio y Autonomías no están invirtiendo ni dinero ni tiempo en calidad y cantidad suficientes como para dar respuesta a una vuelta al cole lo más segura posible, por lo que si las instituciones no cumplen con sus deberes, las familias están en su derecho de elegir qué priorizar según sus circunstancias: salud o enseñanza presencial. Y ambas decisiones son legítimas. Ninguna es criticable. Y la protección de la salud personal, familia y pública es motivo más que suficiente para desvirtuar cualquier intento de iniciar un protocolo de absentismo. Aunque como digo, la mayoría de las familias lo que desean es una vuelta al cole segura, presencial y que permita respetar todos y cada uno de los derechos de la infancia.

Se está exponiendo a las familias a un riesgo y un daño que roza la antijuricidad. El riesgo cero no existe, pero no poner al alcance de la infancia todos los medios para proteger lo máximo posible ambos derechos es una irresponsabilidad de la que en última instancia son responsables las Autonomías, el Estado.

Recuerdo que la ley de prevención de riesgos laborales permite al trabajador no acudir a su centro de trabajo si su salud está en riesgo, pues bien, ¿qué nos hace pensar que las familias que están optando por no asistir a clases por sus circunstancias y así exigir mayor implicación institucional, están equivocadas? Sus razones son bien legítimas.

La infancia tiene derecho a acudir a sus centros y HACER SU VIDA en las mismas condiciones de seguridad en la que los adultos van a sus centros de trabajo. Igualmente, los docentes. Con independencia de lo que a nivel personal se crea o se deje de opinar sobre el  covid-19 y la infancia, la obligación institucional es la que es. La responsabilidad, tal como dice la Junta de Andalucía, debe ser compartida, pero en las circunstancias actuales la realidad es que no es compartida, sino que recae en las familias.

Esperar al 27 de Agosto a celebrar una reunión entre CCAA y Ministerios de Sanidad, Educación y Política Territorial es temerario (y por cierto, Trabajo no tiene nada que decir aquí ¿?), puesto que no deja margen de maniobra alguno ni a CCAA ni a centros para adaptarse a lo que ahí pudiera acordarse.

Insisto en que la prioridad es luchar por una vuelta al cole segura y presencial si primero, la tasa de infección comunitaria lo permite, y segundo, si las aulas están preparadas para ello. Para lo segundo, el compromiso real y eficiente de los poderes públicos es ineludible y “sin dinero, los protocolos son papel mojado”. Y sin protocolos que contemplen todos los escenarios probables y posibles, tampoco podemos volver a las aulas de forma obligada. El trabajo interdisciplinar e interministerial (Sanidad, Educación y Trabajo) es imprescindible para brindar a todas las familias, sean cuales sean sus circunstancias vitales, las máximas garantías para regresar a una enseñanza presencial. De no ser así, se tendrá que permitir que las familias que puedan o quieran o tengan que hacer modalidad online, puedan hacerlo sin amenazas de protocolos que a día de hoy, en un estado de pandemia mundial han quedado por el momento obsoletos. Quizás con esta permisión, podríamos avanzar en la bajada de ratios y permitir más seguridad para las familias que sí o sí tenemos que llevar a nuestros hijos y nuestras hijas a clase.

No se trata de dejar a la arbitrariedad de las familias el hecho de asistir a clases o no. Pero escucharlas por parte de los centros y entender que la mayoría de ellas tiene motivos más que fundados para no poder o querer llevar a sus hijos e hijas a clase, es necesario. Y sobre todo, entender que el interés supremo de los menores, su salud y la salud pública ya quedó claro en Marzo que es prioritario: antes que una enseñanza presencial está el hecho de preservar la salud. En defensa de los menores y sus familias ya han salido personas como el conocido Juez de Menores Calatayud que de todo esto conoce infinitamente más que yo, y al fin al cabo, sobre protocolos de absentismo tendrá mucho que decir. Algunas de sus manifestaciones públicas han sido, y cito literalmente:

“Los protocolos son buenos y son útiles para casi todo. Son una guía para saber cómo manejar una situación complicada (o no, que de todo hay). Pero un protocolo no puede servir para escurrir el bulto. Un ejemplo: un niño sufre acoso en el cole y el centro y las autoridades dicen que se ha aplicado el protocolo: pero el niño tiene un ojo morado. No sé si me explico.”

“Si las autoridades educativas de aquí y de allá no se mojan sobre la vuelta al ‘cole’ no pueden exigir a los padres o los maestros que se mojen. Estamos ante una colisión de dos derechos fundamentales: el derecho a la protección de la salud y el derecho a la educación. Y las autoridades no pueden garantizar, porque es imposible, al cien por cien que no vaya haber contagios en los colegios. Y el miedo es libre. No contemplo la posibilidad de que a unos padres se les acuse de favorecer el absentismo de sus hijos por no llevarlos a clase por el miedo la pandemia, que es un temor que se está extendiendo.”

Los Sindicatos avisan de que todo se está organizando no tarde, sino tardísimo, y en algunas CCAA se plantea la huelga de docentes como medida de presión. Entiendo, que igual que existe el derecho a la huelga de los trabajadores, debe existir el derecho a no acudir a las aulas para primar el derecho a la salud de la infancia y como medida de presión por parte de las familias. O ¿llevamos a niños y niñas al cole mientras sus profes ejercen su derecho a la huelga con tal de que a las familias no se les inicie un protocolo de absentismo? ¿En qué clase de contradicción y absurdez nos están metiendo tanto Ministerios como Autonomías? Pablo Simón declara que las cosas no van bien, apela a la responsabilidad individual para cumplir con normas cívicas tipo no reuniones de más de 10 o 15 sin mascarillas, pero las familias sí o sí tenemos que meter a nuestros niños y niñas en aulas de más de 20 so pena de un protocolo de absentismo. Permítanme la expresión: “¿nos toman el pelo?”. Y como digo, Trabajo y su falta de medidas de conciliación…

Las familias han de permanecer unidas.

Todas luchan por lo mismo: protocolos viables, realistas y que contemplen todos los escenarios probables y posibles a nivel educativo, sanitario y laboral que permitan una vuelta a las aulas de forma segura. Pero esa lucha no puede ser llevada a cabo de la misma manera por todas y cada una de las familias, no existe una única forma de afrontar este problema desgraciadamente, porque cada familia tiene sus circunstancias, motivos, problemas y situaciones que hacen que se tengan que enfrentar a esta situación de muy diversas formas. No podemos pretender generalizar una lucha única porque no es realista.

Por lo tanto, aunque la vuelta al cole debe estar fuera de todo debate y es la Ciencia la que nos marca el camino a seguir, también es cierto, que parafraseando a nuestra Ministra Celaá: “lo que es insustituible es la salud, no la escuela. Ustedes mismos, en Marzo, lo dejaron claro”

Por lo tanto, únanse Autonomías y Ministerios competentes (Sanidad, Territorial, Educación y Trabajo) y pónganse manos a la obra para crear unos protocolos con avales presupuestarios que permitan unas ratios, infraestructuras y condiciones seguras para nuestros niños y nuestras niñas. Y si no son capaces, replieguen altanerías y prepotencias, y dígnense a permitir que las familias que puedan y quieran, se organicen, porque para la inmensa mayoría la libertad de decisión no existe desgraciadamente, por muchos motivos, y solo existe la posibilidad de adaptación de la mejor manera posible. Dejen de apelar a una “nueva normalidad” por un lado, y por otro, sigan amenazando con protocolos de la antigua normalidad y trabajen para proteger por igual los derechos tanto a la salud como a la enseñanza de nuestra infancia. Todos y todas queremos una enseñanza pública de calidad, gratuita, presencial pero que por encima de todo en estos momentos, que proteja la salud y no amenace con castigos protocolarios pre-covid. Luchen contra el absentismo allí donde haya que hacerlo como mal endémico y crónico en nuestro país y dejen de confundir a la sociedad. Y piensen en las familias, en todos los escenarios posibles y educativa, sanitaria y laboralmente articulen medidas efectivas de una vez.

Emilia de Sousa. Abogada. Feminismo Jurídico. Negligencias/Parto/Conciliación.

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13 comentarios
  1. Alexia
    Alexia Dice:

    Os felicito por el
    artículo, por las propuestas concretas para conciliar estos dos derechos fundamentales y por apelar a las administraciones
    a actuar de una manera coherente y responsable. Gracias

    • desousaabogadas
      desousaabogadas Dice:

      Muchísimas gracias por tus palabras y tu tiempo, Alexia. Un saludo.

      • Alicia
        Alicia Dice:

        Gran artículo.
        Ve usted necesario para «guardarnosnlas espaldas» el hacer la reclamación conjunta por vía administrativa? o con.presentar el documento en el colegio es suficiente? Temo no solo por el tema del expediente de absentismo si no tamboen.por la.perdida de plaza. Mis hijos tienen 3 y 6 años. Gracias!!

  2. Francisco
    Francisco Dice:

    Suscribo el artículo. Efectivamente, el matiz está en que la obligatoriedad es la ENSEÑANZA, no la forma de enseñar. No hay ningún artículo que así lo establezca en la LODE. Ninguno. Ninguna familia quiere que sus hijos no reciban enseñanza, sino que la reciban de forma segura. ¿Sabe usted que la Ley autonómica canaria de educación permite la enseñanza no presencial en las etapas obligatorias (primaria y eso) de forma excepcional? ¿Acaso no estamos en una época excepcional? Cúmplase la Ley.

    • desousaabogadas
      desousaabogadas Dice:

      Muchísimas gracias, Francisco, por tu gran aportación al artículo.

  3. Maria jose
    Maria jose Dice:

    Buenas entonces con tan solo presentar este documento no tendremos poblemas ala hora de que mis hijos no vayan al colegio o hace falta algo mas aparte de que me lo firmen en el cole y me quede con una copia la verdad no quiero exponer la salud de mis hijos yevamdolos al colegio

  4. Aitana
    Aitana Dice:

    Gracias por este gran post. ¿Puede el colegio obligar a los menores de 6 años, a llevar mascarilla para la entrada y salida del mismo? Es un colegio de Sevilla que afirma que es por decreto de delegación. Gracias.

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  1. […] la Asociación Yo No Renuncio por la conciliación y junto con nuestra colaboradora y abogada Emilia de Sousa, hemos preparado este completo Manifiesto que irá, como os comentamos arriba, al Defensor del […]

  2. […] unos días, Emilia publicó un post en el que incluyó estas declaraciones. En él, ahonda en el desarrollo de los protocolos de […]

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  4. […] A través de este grupo he leído un artículo muy interesante sobre los protocolos de absentismo, por si os estáis planteando no llevar a vuestras hijas e hijos al colegio aun cuando estén en edad de escolarización obligatoria y queréis informaros. Ella es Maria Emilia de Sousa, os dejo el enlace a su blog aquí. […]

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